Información y requisitos

Requisitos mínimos para cotizar

 

En el marco del cumplimiento de la ley REP, ReSimple busca incorporar a recicladores de base en sus diferentes servicios, principalmente en la operación de puntos limpios, transporte y recolección selectiva.

 

Para dichas figuras, la Ley exige a los recicladores de base contar con:

      • Certificación de Competencias Laborales otorgado por ChileValora, de todos los integrantes del reciclador de base, en caso de ser una persona jurídica.
      • Registro Nacional de Recicladores de Base del ministerio del medio ambiente (recicladores.mma.gob.cl), mínimos para poder trabajar directamente con un sistema de gestión.

 

Es importante que los recicladores de base que decidan postular a cotizar un servicio, envíen estos requisitos por cada integrante del reciclador, en caso de ser una persona jurídica.

 

¿En qué consiste el proceso de formalización de mi actividad?

La formalidad del Reciclador de Base no solo consta en cumplir con los requisitos mínimos exigidos por la Ley REP, si no que implica que el Reciclador de Base deberá cumplir con los siguientes requerimientos:

      • Ser persona natural o jurídica.
      • Contar con inicio de actividades: En líneas generales es una Declaración Jurada formalizada ante el Servicio de Impuestos Internos sobre el comienzo de cualquier tipo de negocios. https://www.sii.cl/ayudas/ayudas_por_servicios/guia_paso_paso_inicio_actividades.pdf
      • Tener cuenta bancaría de la figura jurídica o natural.
      • Contar con emisión de facturas, guías de despacho etc.
      • Mantener la documentación de sus camiones al día:
          1. Permiso de circulación vigente
          2. Licencia de conducir vigente
          3. Seguro Obligatorio de accidentes personales (SOAP) y anotaciones vigentes en el registro de vehículos motorizados vigente
          4. Revisión técnica al día
          5. Camiones con antigüedad máxima de 15 años
      • No se contratará a ningún reciclador de base que haya sido condenada, o uno de sus integrantes haya sido condenado, en los últimos 5 años calendario por medio de sentencia firme y ejecutoriada por alguno de los delitos que señala la Ley N°21.595 de delitos económicos y delitos contra el medioambiente